Resumen del caso:
Una clienta acudió al despacho tras detectar cargos recurrentes de 35 euros por comisiones por descubierto en su cuenta corriente, aplicadas incluso cuando el saldo negativo no superaba los 5 euros ni duraba más de 24 horas. La entidad financiera justificaba estos cobros como parte de su política habitual.
Tras revisar la documentación y el contrato, se comprobó que no existía un servicio efectivo que justificara dicha comisión. Se presentó una reclamación ante el banco y, al no obtener respuesta favorable, se interpuso demanda judicial.
Resultado final:
El juzgado dictó sentencia declarando abusiva la cláusula que permitía cobrar esa comisión por descubierto, al no haberse acreditado un servicio real prestado por la entidad. Se ordenó la devolución íntegra de las cantidades cobradas indebidamente en los últimos 6 años, lo que supuso un reintegro total de 1.785 euros para la clienta, más intereses legales.
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